Coronavirus

Protocolo para la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas.

El Municipio informa que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe dio a conocer el “Protocolo para la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas. Las mismas se deben efectuar a través de plataformas de comercios electrónicos, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente con modalidad […]

El Municipio informa que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe dio a conocer el “Protocolo para la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas. Las mismas se deben efectuar a través de plataformas de comercios electrónicos, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente con modalidad de entrega a domicilio, aplicando los resguardos sanitarios y medidas para la prevención del Coronavirus.

Es por que el Gobierno provincial propone una serie de medidas las cuales autorizan la circulación de vehículos y personas ligadas a la distribución de mercaderías de rubros no exceptuados, las cuales hayan sido adquiridas a distancia, sin tener que haber concurrido al local.

La propuesta tiene como puntos a considerar, los siguientes:

  1.  Se autorizaría a 1 propietario y/o 2 empleados de comercios y actividades declaradas como no esenciales, en las condiciones que se exponen más abajo, a concurrir a los locales al solo efecto de armar y organizar los pedidos recibidos on line o por teléfono.
  2. Siempre y bajo todo punto de vista los locales deberán permanecer cerrados al público.
  3. Se deberá dar estricto cumplimiento al “Protocolo de Actuación en Comercios” dictado por el “Ministerio de Producción Ciencia y Tecnología” de la provincia de Santa Fe así como el “Protocolo de Trabajo Seguro Covid 19” dictado por el mismo organismo, a la Resolución 41/2020 del “Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe” y a las resoluciones que sobre el particular se dicten oportunamente.
  4. Se deberá dar cumplimiento a los protocolos de limpieza al cierre de cada día. Incluyendo limpieza de pisos y superficies además de las medidas de cuidados e higiene personal ya conocidas (lavado de manos con agua y jabón, distanciamiento social, ventilar los ambientes, distribución de alcohol en gel en los puestos de trabajo y uso de guantes y barbijos entre otras).
  5. Realizar la capacitación correspondiente a los trabajadores que asuman dicha responsabilidad.
  6. Generar horario especial de 12 a 16 hs. para que el propietario y/o empleados concurran a los comercios a organizar los pedidos y distribuir la mercadería por cualquiera de los medios de transporte que más abajo se detallan.
  7. Para los comercios de rubros no exceptuados dentro del sector minorista, se autorizará hasta 2 personas para la circulación en la vía pública en las tareas de entrega de las mercaderías, y 1 solo vehículo, el cual podrá ser automóvil o motocicleta. En el caso de la bici, podrán ser hasta 2 las autorizadas a entregar por comercio.
  8. La entrega podrá realizarla el propietario y/o empleados, o las empresas de correo, correspondencia, transporte, cadetería o delivery autorizadas para tal fin en un todo de acuerdo a la Res. 78/2020 del Ministerio de Transporte de la Nación. También podrán trasladar las mercaderías a través de otros medios de transporte que en cada localidad pueda ser fiscalizado por la autoridad municipal o comunal correspondiente.