Al efectuar pagos a proveedores, se pueden practicar retenciones de distintos tipos, entregándose en el momento del pago un comprobante provisorio. Los comprobantes originales de las mismas deben ser retiradas por el proveedor 30 días después de haberse efectuado el pago.
El titular de la firma o persona habilitada por la empresa y registrada en el Municipio a tal efecto.
Palacio Municipal - Sección Tesorería
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